México tiene una sola ley laboral federal, así que las diferencias entre entidades no están en el derecho sustantivo sino en la autoridad que conoce del conflicto, en la carga fiscal de la nómina y en el salario mínimo aplicable. El primer filtro es el artículo 527: si la empresa pertenece a una rama de competencia federal como la automotriz, la química, la siderúrgica, la textil o la banca, la conciliación prejudicial se ventila ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, aunque el centro de trabajo esté en una capital estatal.
Ciudad de México concentra la mayor densidad de centros de trabajo de competencia local. La conciliación prejudicial obligatoria de los artículos 684-A a 684-E se desahoga ante el Centro de Conciliación Laboral de la Ciudad de México y el juicio corresponde a los tribunales laborales del Poder Judicial capitalino. El impuesto sobre nóminas se causa conforme al Código Fiscal de la Ciudad de México sobre las erogaciones por remuneraciones al trabajo personal subordinado, varias prestaciones superiores incluidas, de modo que ampliar el paquete de beneficios tiene un costo fiscal que conviene anticipar.
Nuevo León presenta el fenómeno inverso al que muchos esperan. Buena parte de sus grandes empleadores opera en ramas de competencia federal, así que el contrato firmado en Monterrey se litiga con frecuencia ante autoridades federales pese a estar sujeto al impuesto estatal sobre nóminas de la Ley de Hacienda del Estado. Sus municipios fronterizos quedan además dentro de la Zona Libre de la Frontera Norte, con un salario mínimo general distinto al del resto del país fijado por la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos.
Jalisco ha desarrollado una práctica intensa de teletrabajo en el sector de tecnología, lo que obliga a cuidar la cláusula de domicilio y la de entrega de equipo. El Centro de Conciliación Laboral del Estado dirige el citatorio al domicilio del centro de trabajo declarado en el contrato, no al fiscal, y una discrepancia entre ambos retrasa semanas la audiencia.
Baja California y Chihuahua comparten la lógica maquiladora: rotación alta, turnos rotativos y sindicatos titulares de contratos colectivos. Cuando existe contrato colectivo aplicable, el escrito individual no desaparece pero cede ante las condiciones colectivas más favorables, y los municipios fronterizos aplican también el salario mínimo de la zona libre. Verifica si el centro de trabajo está cubierto por un contrato colectivo antes de pactar cualquier condición.