Acta administrativa laboral
Modelo de acta administrativa conforme a los artículos 47, 423 y 517 de la Ley Federal del Trabajo: garantía de audiencia, testigos, firmas y negativa.
Las condiciones de trabajo deben documentarse con precisión. Esta categoría ayuda a empleadores y personas trabajadoras a dejar constancia del puesto, la jornada, el salario, las prestaciones, la modalidad de trabajo y las comunicaciones relevantes.
Modelo de acta administrativa conforme a los artículos 47, 423 y 517 de la Ley Federal del Trabajo: garantía de audiencia, testigos, firmas y negativa.
Modelo conforme al art. 53 fracc. I de la Ley Federal del Trabajo: fecha de efectos, acuse de recibo y solicitud de finiquito y constancia de servicios.
Modelo redactado conforme a los artículos 330-A a 330-K de la Ley Federal del Trabajo y a la NOM-037-STPS-2023, con lista de equipo y pago de servicios.
Modelo conforme al artículo 25 de la Ley Federal del Trabajo: partes, jornada, salario, forma de pago, prestaciones superiores y periodo de prueba. Word y PDF.
Modelo conforme a los artículos 33, 53 y 987 de la Ley Federal del Trabajo: desglose por concepto y texto listo para ratificar ante el Centro de Conciliación.
Modelo conforme a los artículos 422 a 425 de la Ley Federal del Trabajo: comisión mixta, ocho días para depositar ante el CFCRL y Ley Silla incluida.
La Ley Federal del Trabajo establece derechos mínimos que un contrato no puede reducir. El documento debe reflejar, entre otros elementos, las partes, el tipo de relación, los servicios, el lugar, la jornada, el salario, la forma de pago, la capacitación y las prestaciones aplicables. La seguridad social, la participación de utilidades, las vacaciones y la terminación siguen reglas obligatorias.
Un formato no convierte por sí solo una terminación en válida. Cuando exista conflicto, discriminación, accidente, sindicato o riesgo de indemnización, conviene obtener asesoría laboral individual.
Confirma la entidad y centro de trabajo, el puesto real, la modalidad presencial o remota, el salario integrado, las prestaciones superiores, la antigüedad y las firmas.