Organizaciones sin fines de lucro

Acta de modificación de estatutos | Arts. 2670-2687 CCF

Acta de asamblea extraordinaria de A.C. conforme a los artículos 2670 a 2687 del Código Civil Federal: convocatoria, quórum, orden del día y delegado.
4.7/519 opiniones50 000+ descargasDescarga inmediata
Compartir

El acta de asamblea general extraordinaria de modificación de estatutos deja constancia escrita de la sesión en la que los asociados de una asociación civil acuerdan reformar sus reglas internas: el objeto social, la denominación, el domicilio o las cláusulas patrimoniales. Sin ese documento, la reforma no existe frente al notario, ni frente al Registro Público, ni frente al SAT. Este formato sigue el Código Civil Federal y los códigos civiles de las entidades federativas, con la estructura que los fedatarios públicos mexicanos revisan antes de protocolizar: convocatoria, verificación de quórum, orden del día, texto comparado de la cláusula reformada, votación nominal y designación de delegado especial. Sirve tanto a asociaciones jóvenes como a organizaciones con donataria autorizada vigente.

Conforme

Legislación 2026

50,000+ clientes

confían en nosotros

Económico

Desde $107.90 MXN / doc

Pago seguro

Descarga inmediata

Acta de modificación de estatutos | Arts. 2670-2687 CCF

Pago seguro

Rellenar el modelo

Qué es un acta de asamblea general extraordinaria de modificación de estatutos

La asamblea general es el órgano supremo de la asociación civil. Así lo dice el artículo 2674 del Código Civil Federal, y de ahí deriva una consecuencia que muchos consejos directivos pasan por alto: ningún presidente ni consejo puede reformar los estatutos por su cuenta, por amplias que parezcan sus facultades. El acta prueba que la decisión se tomó, quiénes la tomaron, con qué votos y bajo qué convocatoria.

El derecho civil mexicano no separa asambleas ordinarias y extraordinarias con la precisión de la Ley General de Sociedades Mercantiles, que reserva la reforma de la escritura constitutiva a la asamblea extraordinaria en su artículo 182. En materia civil la distinción nace de los propios estatutos, y casi todos los modelos notariales reservan la modificación estatutaria al carácter extraordinario, con quórum y mayoría reforzados. Por eso el documento cambia según el asunto: si la sesión aprueba el informe anual, las cuentas o un nombramiento, corresponde un acta de asamblea general ordinaria como la que exige el artículo 181 de la LGSM; si toca el texto estatutario, corresponde el extraordinario. Confundir ambas figuras es la causa más frecuente de que un notario devuelva el expediente sin protocolizar.

2

Cuándo necesitas este documento

El detonante más común es el cambio de objeto social. Una asociación que nació para dar talleres comunitarios y hoy opera un comedor está actuando fuera de su objeto, y el desajuste aparece cuando busca autorización para recibir donativos deducibles: el SAT compara la actividad acreditada con la redacción estatutaria, no con la realidad. El segundo motivo es el cambio de denominación, por rebranding, por fusión de proyectos o porque el nombre resultó homónimo de otra persona moral. El tercero es el cambio de domicilio social, que en México nunca es cosmético.

Vienen después las cláusulas patrimoniales: la cláusula irrevocable de destino del patrimonio y la de liquidación que exigen las fracciones IV y V del artículo 82 de la Ley del Impuesto sobre la Renta se corrigen por asamblea extraordinaria, y son la reforma que más se repite en el sector. Cierran la lista los ajustes de gobernanza, desde crear un consejo directivo donde había un director único hasta revisar las causales de exclusión del artículo 2681. Cuando el cambio toca varios frentes conviene revisar el paquete completo de documentos de gobierno para asociaciones civiles y organizaciones no lucrativas antes de convocar, porque una asamblea bien preparada evita tres protocolizaciones sucesivas.

Dos supuestos merecen atención especial. Cuando la asociación traslada su domicilio a otra entidad federativa cambia el código civil aplicable y el registro competente, de modo que la escritura se inscribe en el registro de origen y en el de destino. Y cuando una donataria amplía su objeto, el SAT resuelve dentro de los tres meses siguientes al aviso y puede exigir que se acredite la nueva actividad con documento idóneo.

3

Cláusulas clave que incluye nuestra plantilla

  • El encabezado del acta fija lugar, fecha, hora de inicio y modalidad de la sesión, junto con la denominación completa y los datos de la escritura constitutiva. El notario coteja esa información con el antecedente registral, y una discrepancia basta para detener el trámite.
  • La constancia de la convocatoria reproduce el medio empleado, la fecha de envío y el orden del día íntegro. Sostiene la validez de todo lo demás, porque el artículo 2677 impide resolver sobre asuntos no anunciados y cualquier ausente puede impugnar por ese motivo.
  • La lista de asistencia y la declaratoria de quórum identifican a cada asociado presente o representado, con mención del instrumento que acredita la representación. La práctica notarial admite una carta poder simple firmada ante dos testigos conforme a los artículos 2551 y 2556 del Código Civil Federal, siempre que los estatutos no exijan poder notarial.
  • El texto comparado de la cláusula reformada presenta la redacción vigente y la propuesta una junto a otra. No es capricho de estilo: permite al registrador ver el alcance exacto de la reforma y reduce el riesgo de una calificación negativa.
  • Las resoluciones y la votación se consignan de forma nominal, con votos a favor, en contra y abstenciones, incluidas las que impone el artículo 2679. Un acta que solo dice que el acuerdo se aprobó por unanimidad, sin desglose, deja a la asociación sin defensa si alguien impugna.
  • La designación de delegado especial faculta a una persona para comparecer ante notario, firmar la protocolización, pedir la inscripción y presentar los avisos. Sin esta cláusula habría que convocar una segunda asamblea solo para nombrarlo.
  • El cierre y la transcripción al libro de actas rematan el documento con la firma del presidente y del secretario. El acta se transcribe íntegra al libro corporativo, que es el soporte que revisan el fedatario y el auditor fiscal.
4

Consideraciones por entidad federativa

Ciudad de México. El Código Civil para el Distrito Federal conserva la numeración federal en materia de asociaciones, artículos 2670 a 2687, así que las reglas de convocatoria, orden del día y mayoría son idénticas a las del texto federal. La inscripción se practica en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio capitalino, en el folio de personas morales, y el instrumento notarial debe precisar si la reforma afecta objeto, denominación, domicilio o duración. Las asociaciones que participan en programas sociales locales suelen figurar además en el registro capitalino de organizaciones civiles.

Estado de México. La reforma se inscribe ante el Instituto de la Función Registral del Estado de México, con folio electrónico y calificación por la oficina registral del municipio del domicilio. Verifica la vigencia de la representación antes de acudir al notario, porque el instituto observa los testimonios cuando el nombramiento del delegado no consta en el mismo instrumento o en uno previamente inscrito.

Jalisco. El Código Civil del Estado de Jalisco regula la asociación civil con la misma lógica de supremacía asamblearia, y el registro estatal exige congruencia entre la denominación autorizada, la de la constancia de situación fiscal y la que se inscribe. Las organizaciones tapatías que operan comedores o casas hogar suelen necesitar además la actualización de sus permisos sanitarios municipales.

Nuevo León. La inscripción corresponde al Instituto Registral y Catastral del Estado. En la práctica regiomontana los notarios piden el libro de actas físico para cotejar que lo protocolizado corresponde a lo transcrito, y no aceptan actas sueltas en hojas membretadas.

Un punto vale para todo el país. Si la reforma cambia la denominación, primero hay que obtener la nueva autorización de uso ante la Secretaría de Economía, vigente por ciento ochenta días naturales, y el fedatario que formalice el acto debe emitir el aviso de liberación del nombre anterior dentro de los treinta días naturales siguientes, conforme al Reglamento para la Autorización de Uso de Denominaciones y Razones Sociales. Si el cambio es de domicilio y la asociación tiene personal contratado, actualiza también los contratos y avisos laborales conforme a la Ley Federal del Trabajo.

5

Cómo llenar el acta de asamblea extraordinaria

El formulario empieza por los datos de identidad de la asociación: denominación, domicilio estatutario, número y fecha de la escritura constitutiva, notario que la autorizó y datos de inscripción. Después seleccionas el tipo de reforma, y el documento ajusta la redacción de las resoluciones y las referencias legales al supuesto elegido, porque un cambio de objeto no se redacta como un cambio de cláusula patrimonial. Enseguida capturas la fecha de la convocatoria, el medio de envío y el orden del día, que el sistema reproduce en el cuerpo del acta para mantener la coherencia que exige el artículo 2677.

El siguiente bloque es la lista de asociados, con la marca de asistencia presencial o por representación, y el cálculo del quórum contra el porcentaje que fijen tus estatutos. Luego escribes la redacción vigente y la nueva de cada cláusula, que el documento presenta en formato comparado, y cierras con la votación, la designación del delegado y las firmas. Si la organización opera además una estructura mercantil paralela, encontrarás los modelos de documentos corporativos para empresas mexicanas en la sección correspondiente.

6

Errores frecuentes que debes evitar

El error clásico es aprobar algo que no venía en el orden del día. Sucede cuando la asamblea entra en confianza y aprovecha para cambiar también el domicilio o remover a un consejero. El artículo 2677 no admite esa flexibilidad, y el acuerdo queda expuesto a nulidad durante años. El segundo error es aplicar mayoría simple cuando los estatutos exigen quórum reforzado: el Código Civil fija un piso, no un techo. El tercero es quedarse a medio camino, es decir, levantar el acta, transcribirla al libro y no protocolizarla ni inscribirla. Una reforma no inscrita no produce efectos frente a terceros, y eso incluye a bancos, donantes y autoridades fiscales.

Los otros dos errores son administrativos y caros. Cambiar la denominación sin tramitar antes la autorización de uso ante la Secretaría de Economía obliga a repetir la asamblea, porque el notario no puede protocolizar un nombre que no está reservado. Y omitir los avisos posteriores pega donde duele: la donataria que modifica su cláusula patrimonial y no avisa al SAT dentro del plazo reglamentario arriesga su permanencia en el padrón, mientras que la organización con CLUNI que deja pasar los cuarenta y cinco días hábiles incurre en la infracción del artículo 30, fracción XII, de la Ley Federal de Fomento.

Puntos clave a recordar

EFECTOS

Sin acta y registro, la reforma no vale

Modificar objeto social, denominación, domicilio o cláusulas patrimoniales requiere acta de asamblea extraordinaria; si no existe el documento, la reforma no se sostiene ante notario, Registro Público ni SAT. El artículo 2673 del Código Civil Federal liga la eficacia frente a terceros a la inscripción: lo acordado en el libro de actas puede obligar internamente, pero es inoponible a un banco, donantes o autoridades sin el asiento registral.

ASAMBLEA

La asamblea manda, no el consejo

La asamblea general es el órgano supremo de la A.C. (artículo 2674 del Código Civil Federal). Por eso, aunque el presidente o el consejo directivo tengan facultades amplias, no pueden reformar estatutos por su cuenta. El acta debe dejar trazabilidad: quién asistió, cómo se verificó el quórum, qué texto se reformó y con qué votos, para que el fedatario pueda protocolizar sin observaciones.

PROCESO

Convocatoria y orden del día amarran

La sesión está sujeta a reglas formales: la dirección convoca (artículo 2675 CCF) y debe hacerlo si lo solicita al menos 5% de los asociados; si se niega, puede intervenir el juez civil. Además, la asamblea solo puede tratar lo que esté en el orden del día (artículo 2677 CCF) y se decide por mayoría de presentes, salvo mayorías reforzadas en estatutos. Confundir asamblea ordinaria con extraordinaria suele frenar la protocolización.

Preguntas frecuentes

Sí, si quieres que la reforma surta efectos frente a terceros. El acta por sí sola es un documento privado que vincula a los asociados, pero el artículo 2673 del Código Civil Federal condiciona la oponibilidad a la inscripción en el Registro Público, y el registro solo inscribe instrumentos públicos. La ruta es siempre la misma: se levanta el acta, se transcribe al libro corporativo, el delegado comparece ante notario y el testimonio se presenta a inscripción.

El documento sigue los artículos 2670 a 2687 del Código Civil Federal, cuya redacción reproducen los códigos estatales en lo esencial, e incorpora los requisitos de forma que revisan los notarios antes de protocolizar. Su validez depende de que los hechos consignados sean ciertos: convocatoria efectivamente hecha, quórum realmente reunido y votación efectivamente celebrada. Un acta impecable que documenta una asamblea que nunca se celebró no vale nada.

En Word y en PDF. La versión en Word es la que necesitas en la práctica, porque el acta casi siempre requiere ajustes finales: la redacción literal de los estatutos vigentes, asociados de última hora en la lista de asistencia o la numeración de cláusulas alineada con la escritura constitutiva. El PDF sirve para circular el proyecto antes de la sesión y archivar la versión firmada. El catálogo de documentos legales adaptados a la legislación mexicana reúne el resto de los formatos de gobierno interno.

El Código Civil Federal no fija un plazo general, así que rige lo que digan tus estatutos, y suele situarse entre quince y treinta días naturales. Cuando el texto estatutario guarda silencio, la práctica notarial recomienda quince días naturales y un medio que deje rastro: publicación en el periódico local, correo certificado o correo electrónico con acuse. El artículo 2675 obliga además a convocar cuando lo pida al menos el cinco por ciento de los asociados.

El piso legal es la mayoría de votos de los miembros presentes, conforme al artículo 2677, con un voto por asociado según el artículo 2678. Ese piso rara vez se aplica tal cual, porque casi todos los estatutos elevan la exigencia para reformas estatutarias, con fórmulas que van de dos terceras partes a tres cuartas partes de los asociados totales, no solo de los presentes. Calcula el quórum sobre la base correcta antes de convocar.

Depende de tus estatutos. Si contemplan sesiones a distancia y regulan cómo acreditar identidad y emitir el voto, la asamblea remota es válida y el acta debe consignar la plataforma, la hora de conexión de cada participante y el método de votación. Si guardan silencio, varios registros estatales han observado testimonios en ese supuesto. La salida práctica es una primera asamblea presencial que incorpore la cláusula.

Hasta tres, según el perfil de la organización. La inscripción del testimonio notarial en el registro público de la entidad, que es la que da efectos frente a terceros. El aviso al Registro Federal de las Organizaciones de la Sociedad Civil si cuentas con CLUNI, dentro de los cuarenta y cinco días hábiles siguientes a la decisión, conforme al artículo 7, fracción VI, de la Ley Federal de Fomento. Y el aviso al SAT si eres donataria autorizada.

4.7/5

19 opiniones verificadas · 50 000+ descargas

Acta de modificación de estatutos | Arts. 2670-2687 CCF
  • Acceso inmediato al documento
  • Descarga PDF + Word
  • Conforme a la legislación 2026
  • Validado por juristas
Rellenar el modelo
Pago seguro
Actualizado el 18 de agosto de 2026

También te puede interesar

Contrato de donación
Acta de asamblea ordinaria de asociados