Asuntos personales

Contrato de compraventa de vehículo usado (art. 2248 CCF)

Contrato de compraventa de vehículo usado redactado conforme a los artículos 2248 y 2283 del Código Civil Federal, con cláusulas de vicios ocultos y entrega.
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El contrato de compraventa de vehículo usado entre particulares es el documento con el que una persona transmite la propiedad de un automóvil a otra y deja constancia del precio, la forma de pago, la fecha de entrega y el estado mecánico de la unidad. Protege a las dos partes por razones distintas: el vendedor necesita acreditar desde qué momento dejó de ser responsable del auto, y el comprador necesita un título que le permita tramitar el cambio de propietario ante control vehicular. La operación se rige por el código civil de la entidad donde se celebra y no exige formalidad solemne, pero un contrato mal redactado deja al vendedor expuesto a multas, infracciones y reclamaciones por hechos posteriores a la entrega.

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¿Qué es un contrato de compraventa de vehículo usado?

La compraventa es el contrato por el cual uno de los contratantes se obliga a transferir la propiedad de una cosa y el otro a pagar por ella un precio cierto y en dinero (artículo 2248 del Código Civil Federal y equivalentes estatales). El contrato se perfecciona por el solo acuerdo sobre la cosa y el precio, aunque el auto todavía no se entregue ni el precio se pague (artículo 2249). Esa regla explica por qué la fecha del documento pesa tanto: desde ese momento hay obligaciones exigibles para ambas partes.

Conviene no confundirlo con dos documentos que circulan en el mercado de autos usados. La carta responsiva documenta quién responde por el uso de la unidad durante un traslado o una prueba de manejo, y no transmite dominio alguno. La factura endosada es un comprobante fiscal cuyo endoso acredita la cadena de titularidad frente a control vehicular, pero no contiene las declaraciones, garantías ni condiciones de pago que sí regula el contrato. A diferencia de la venta de un inmueble, que exige escritura pública e inscripción registral y para la que existen contratos de arrendamiento y documentos inmobiliarios para México, la venta de un bien mueble usado no requiere formalidad especial alguna, en términos del artículo 2316 del Código Civil Federal.

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¿Cuándo necesitas este contrato?

El caso más común es la venta directa entre conocidos o por anuncio en línea, con pago por transferencia y entrega el mismo día. Aquí el contrato cumple una función que la factura endosada no cubre: fija la hora de entrega y traslada al comprador la responsabilidad por infracciones y hechos de tránsito desde ese instante. Cada día de retraso en el cambio de propietario es un día en que las fotomultas siguen llegando a nombre del vendedor.

El segundo escenario frecuente es la unidad con crédito vigente cuya factura está en poder de la financiera. El contrato debe condicionar la entrega de esa factura a la liquidación del saldo y a la carta de liberación, con un plazo cierto. También es habitual que una persona moral venda un auto de su flotilla a un trabajador, supuesto que exige comprobante fiscal digital y suele acompañarse de otros documentos laborales y avisos de recursos humanos cuando el vehículo estaba asignado a un puesto.

Dos situaciones de borde merecen atención. Cuando el auto proviene de una sucesión, quien firma como vendedor debe ser el albacea o el heredero ya adjudicado, y el contrato debe remitir al documento que acredita esa calidad; sin ese anexo, control vehicular rechaza el trámite. Y cuando la unidad está matriculada en otra entidad, la baja de placas en el estado de origen debe pactarse expresamente, porque sin ella el alta en el nuevo estado no procede.

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Cláusulas clave que incluye nuestro modelo

  • La identificación de las partes recoge nombre completo, CURP, RFC cuando aplica, domicilio y datos de la identificación oficial de ambos. Es el bloque que permite localizar a la contraparte si aparece un adeudo posterior, y el primero que revisa una recaudadora.
  • La descripción del vehículo incluye marca, línea, modelo, color, número de identificación vehicular de diecisiete caracteres, número de motor, placas y kilometraje al entregar. El NIV es el dato que vincula el contrato con el registro público y con la póliza de seguro.
  • El precio y la forma de pago se expresan en número y letra, con la fecha, el medio empleado y la cuenta receptora si hubo transferencia. Si el pago es diferido, el modelo prevé el calendario de exhibiciones y la reserva de dominio hasta la liquidación.
  • La entrega y la transmisión del riesgo quedan fijadas con día y hora, junto con el inventario de documentos y accesorios: factura endosada, tarjeta de circulación, comprobantes de verificación y llaves. Desde ese momento el comprador responde por multas y siniestros.
  • Las declaraciones del vendedor cubren que el auto es de su propiedad, que está libre de gravámenes y adeudos, que no tiene reporte de robo y que no ha sido alterado en sus números de identificación. La venta se pacta "en el estado en que se encuentra", con la restricción de responsabilidad que autoriza el artículo 2158.
  • La obligación de tramitar el cambio de propietario se impone al comprador con un plazo definido y una penalización si lo incumple. Es la cláusula que más pleitos evita y la que más veces se omite en los formatos genéricos, incluso en los que acompañan a contratos mercantiles y documentos corporativos mal adaptados.
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Consideraciones por entidad federativa

Ciudad de México. El cambio de propietario se tramita ante la Secretaría de Movilidad y el criterio de la dependencia es de quince días hábiles desde la compraventa. El sistema valida de forma previa los adeudos de tenencia, refrendo, fotomultas y sanciones ambientales, y cualquiera de ellos bloquea el trámite, por lo que el contrato debe obligar al vendedor a entregar el auto sin cargas fiscales. El Código Civil para el Distrito Federal mantiene el mismo régimen de vicios ocultos, con plazo de seis meses para bienes muebles.

Estado de México. El trámite corre por cuenta de la Secretaría de Finanzas, en los Centros de Servicios Fiscales y Módulos Integrales de Recaudación, con la representación acreditada conforme al Código Financiero del Estado de México y Municipios. Es la entidad donde más se litiga la responsabilidad por infracciones ajenas, porque miles de vehículos circulan a diario entre la capital y los municipios conurbados con placas de un estado y domicilio en el otro. Documentar la hora exacta de la entrega es aquí más útil que cualquier otra cláusula.

Jalisco. La Secretaría de la Hacienda Pública atiende el cambio de propietario en las recaudadoras, con cita en línea, y el contrato de compraventa firmado y fechado figura entre los documentos exigidos, junto con la factura, la tarjeta de circulación y la constancia de situación fiscal. Los adeudos por refrendo o multas deben liquidarse antes.

Nuevo León. El aviso de cambio de propietario se presenta ante el Instituto de Control Vehicular dentro de los treinta días naturales siguientes a la operación (artículo 25 de la Ley que crea el Instituto de Control Vehicular del Estado de Nuevo León). La misma disposición precisa que el aviso solo aprovecha a la persona señalada como adquirente, así que el nombre del comprador debe coincidir letra por letra con su identificación oficial.

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Cómo llenar el contrato de compraventa de vehículo usado

El formulario abre con la entidad federativa donde se celebra la operación, dato que ajusta las referencias al código civil aplicable y el nombre de la autoridad de control vehicular que aparecerá en la cláusula de cambio de propietario. Después captura los datos de vendedor y comprador tal como constan en sus identificaciones oficiales, sin abreviaturas ni iniciales, porque la recaudadora coteja carácter por carácter. Sigue el bloque del vehículo: transcriba el NIV de la tarjeta de circulación y cotéjelo contra el grabado del parabrisas.

El apartado de precio permite elegir entre pago único o diferido, y en este segundo caso el documento incorpora el calendario de exhibiciones y la reserva de dominio. Luego se define la fecha y hora de entrega, se marca el inventario de documentos y accesorios y se activan las declaraciones del vendedor sobre propiedad, adeudos y ausencia de reporte de robo. Al terminar, el contrato se descarga en Word y en PDF, listo para imprimirse por duplicado. Cada ejemplar se firma al calce y al margen de todas las hojas y se anexan copias de las identificaciones.

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Errores frecuentes que debes evitar

El error más caro es entregar el auto sin recibir la totalidad del precio y sin pactar reserva de dominio. Como la propiedad se transmite por efecto del contrato, quien confía en un pago posterior queda con una acción de cobro y sin vehículo. Le sigue la omisión del kilometraje y de la hora de entrega: sin esos dos datos resulta casi imposible acreditar qué daños existían antes y cuáles aparecieron después, y el peritaje que ordena el artículo 2156 se vuelve un ejercicio de conjeturas. Otro clásico es escribir mal un carácter del NIV, error que nadie detecta hasta que el comprador acude a la ventanilla y le rechazan el expediente.

También abunda el contrato que nunca se acompaña del endoso de la factura, o el endoso hecho a favor de una persona distinta de quien aparece como comprador. La cadena de titularidad se rompe ahí y regularizarla exige una refacturación que rara vez es rápida. Por último, muchos vendedores dan por terminado el asunto al recibir el dinero. Mientras el padrón vehicular no se actualice, las infracciones, la tenencia y la responsabilidad por el uso del automóvil siguen apareciendo a nombre del vendedor, con contrato firmado o sin él.

Puntos clave a recordar

PERFECCIONAMIENTO

El acuerdo te obliga desde la firma

La compraventa se perfecciona con el solo acuerdo sobre el vehículo y el precio (arts. 2248 y 2249 CCF), aunque no se haya entregado el auto ni pagado todo. Por eso la fecha del documento pesa: desde ahí nacen obligaciones exigibles. Deja por escrito precio, forma de pago, fecha de entrega y estado, para evitar pleitos por “ya te lo debía” o “no era así el trato”.

ENTREGA

Cierra responsabilidades con entrega documentada

El contrato sirve para que el vendedor acredite desde cuándo dejó de ser responsable del auto y para que el comprador pueda tramitar el cambio de propietario ante control vehicular. Si queda ambiguo el momento de entrega, el vendedor puede quedar expuesto a multas, infracciones o reclamaciones por hechos posteriores. Define día y hora de entrega, quién recibe, llaves, documentos y el estado mecánico reportado al momento de la entrega.

GARANTÍAS

Vicios ocultos y evicción tienen límites

El vendedor debe entregar y responder por evicción y vicios ocultos (art. 2283 CCF). Si un tercero priva al comprador por un derecho anterior (p. ej., reporte de robo o gravamen no declarado), no vale pactar que el vendedor no responde cuando actuó de mala fe (art. 2122). Para vicios ocultos, el comprador puede pedir rescisión o rebaja; la acción caduca a los seis meses desde la entrega (art. 2149).

Preguntas frecuentes

Sí. El artículo 2316 del Código Civil Federal y sus equivalentes estatales establecen que la compraventa de bienes muebles no requiere formalidad especial para ser válida: el documento privado firmado por vendedor y comprador con capacidad legal obliga a ambos desde que hay acuerdo sobre el vehículo y el precio. Su fuerza probatoria depende de la redacción y de los anexos, es decir identificaciones, endoso de factura y comprobante de pago. Ratificar las firmas ante fedatario público no es obligatorio, pero da fecha cierta.

El documento se genera en Word y en PDF. El archivo de Word permite ajustar cláusulas o corregir un dato antes de imprimir; el PDF conserva el formato para enviarlo por correo o presentarlo en ventanilla. Conviene imprimir dos ejemplares originales, uno para cada parte. En el catálogo completo de documentos legales para México hay modelos complementarios como recibos y cartas responsivas.

Depende de la entidad. La Ciudad de México maneja quince días hábiles desde la compraventa y Nuevo León exige el aviso ante el Instituto de Control Vehicular dentro de los treinta días naturales siguientes. Otras entidades fijan plazos más cortos o los vinculan al pago del refrendo. La regla práctica es hacer el trámite en la misma semana de la entrega y pactar en el contrato una fecha límite.

El vendedor responde por los vicios ocultos que hicieran el vehículo impropio para su uso, y el comprador puede pedir la rescisión o una rebaja del precio a juicio de peritos. Esa acción caduca a los seis meses desde la entrega (artículo 2149 del Código Civil Federal). No responde, en cambio, por los defectos que estaban a la vista ni por el desgaste normal, y toca al comprador probar que el problema existía antes de la operación.

Protege frente a los defectos que el vendedor desconocía, porque el artículo 2158 permite restringir o renunciar a la responsabilidad por vicios redhibitorios. No protege cuando hubo mala fe: si el vendedor conocía la falla y la ocultó, el comprador conserva la rescisión y puede reclamar daños y perjuicios. Por eso el modelo acompaña la cláusula con declaraciones expresas sobre el estado mecánico y documental de la unidad.

Cuando el vehículo pertenece a la sociedad conyugal se necesita el consentimiento del otro cónyuge, y lo aconsejable es que firme el contrato como parte vendedora o lo autorice por escrito anexo. Si el matrimonio se rige por separación de bienes, basta la firma del titular. En un divorcio en curso el punto se complica, porque el auto suele estar en el inventario a liquidar; ahí conviene revisar los convenios y autorizaciones en materia familiar antes de firmar.

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Actualizado el 14 de agosto de 2026

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