Bienes raíces

Arrendamiento de terreno o bodega | Art. 2398 CCF

Modelo conforme a los arts. 2398, 2441 y 895 del Código Civil Federal y a los códigos de CDMX, Edomex, Nuevo León y Jalisco. Mejoras, garantía y seguro.
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El contrato de arrendamiento de terreno o bodega documenta la renta de un predio sin construir, un patio de maniobras, una nave o un almacén, y fija por escrito lo que en estos inmuebles provoca casi todos los pleitos: el destino autorizado, quién construye y quién se queda con lo construido, la garantía, el seguro y la devolución. Lo firman propietarios de predios urbanos y rústicos, empresas de logística, constructoras y productores agrícolas. Nuestro modelo parte del artículo 2398 del Código Civil Federal, se adapta al código de la entidad donde está el inmueble y regula con detalle las construcciones del arrendatario.

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Arrendamiento de terreno o bodega | Art. 2398 CCF

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Qué es un contrato de arrendamiento de terreno o bodega

Hay arrendamiento cuando una parte concede el uso o goce temporal de una cosa y la otra paga por ello un precio cierto, según el artículo 2398 del Código Civil Federal, que además fija el techo: diez años para fincas de habitación y veinte para las destinadas al comercio o a la industria. La renta puede pactarse incluso en cosecha, porque el artículo 2399 admite cualquier cosa equivalente, cierta y determinada. Frente al contrato de arrendamiento de local comercial con giro autorizado, la diferencia está en el uso: en una bodega o un terreno el arrendatario casi siempre adapta el inmueble y a veces construye desde cero.

Tres figuras se confunden con esta. El comodato del artículo 2497 transmite el uso de forma gratuita y no genera renta. El depósito en almacén general, regulado por la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, deja la mercancía bajo custodia del almacén, que expide certificados de depósito; en el arrendamiento, custodia y riesgo corren por cuenta del arrendatario. Y el usufructo es un derecho real sobre la cosa, mientras que el arrendamiento crea derechos personales entre las partes.

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Cuándo necesitas este contrato

El caso más común es la bodega de almacenamiento de inventario. Le sigue el terreno para operación: patio de maniobras, corralón de materiales o estacionamiento de flotilla. Ahí conviene pactar el plazo por proyecto, porque el artículo 2483, fracción I, admite que el arrendamiento termine al quedar satisfecho el objeto para el que se rentó. El escenario que más dinero mueve es el terreno que el arrendatario va a construir, como una nave a la medida, donde la cláusula de construcciones decide el valor de toda la operación. Queda la tierra de cultivo, con renta por ciclo y reglas propias para los frutos pendientes.

Dos situaciones exigen revisión previa. En el terreno en copropiedad, frecuente tras una herencia, el artículo 2403 prohíbe arrendar sin consentimiento de los demás copropietarios, y si firma uno solo, el contrato nace vulnerable. En la tierra ejidal, el artículo 79 de la Ley Agraria permite al ejidatario rentar su parcela sin autorización de la asamblea, mientras que las tierras de uso común sí requieren su aprobación; el artículo 45 ata la duración al proyecto productivo, sin pasar de treinta años prorrogables. Si lo que se busca es transmitir la parcela y no su uso, la figura correcta es la cesión de derechos ejidales o parcelarios conforme a la Ley Agraria.

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Cláusulas clave incluidas en nuestro modelo

  • El destino del inmueble se redacta con precisión, porque el uso distinto es causa de rescisión según el artículo 2489, fracción II. Prohíbe sustancias peligrosas sin autorización e incluye una declaración de origen lícito de lo almacenado, útil para acreditar la buena fe del propietario ante la Ley Nacional de Extinción de Dominio.
  • La descripción y la entrega recogen superficie, colindancias, folio real, croquis y un acta con fotografías. Sin esa descripción, el artículo 2443 presume que el arrendatario recibió la finca en buen estado.
  • Las mejoras se clasifican en necesarias, útiles y voluntarias, cada una con su régimen de autorización y pago. La redacción respeta el artículo 2424, que obliga al arrendador a pagar ciertas mejoras aunque se pacte que quedan a beneficio del inmueble.
  • Las construcciones del arrendatario requieren proyecto aprobado y licencia municipal. Al término, el arrendador elige entre conservarlas pagando el valor pactado o exigir su demolición; si la obra se encarga a un tercero, conviene un contrato de obra a precio alzado para la construcción.
  • La garantía admite depósito, fiador, obligado solidario o fianza de afianzadora, y se extiende hasta la entrega material. El artículo 2487 libera a quien garantiza al vencer el plazo, salvo pacto en contrario.
  • El seguro corre por cuenta del arrendatario y cubre bienes almacenados, responsabilidad civil y la finca cuando la actividad es riesgosa. El arrendador figura como beneficiario preferente y ambas pólizas incluyen renuncia a la subrogación contra la otra parte.
  • La restitución fija condiciones medibles: inmueble limpio, sin residuos y con constancias de no adeudo de servicios. La renta se causa hasta la entrega efectiva (artículo 2429) y la pena diaria por retraso respeta el límite del artículo 1843.
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Consideraciones por entidad federativa

Ciudad de México. El artículo 2478 del Código Civil para el Distrito Federal se aparta del federal donde más importa a quien renta bodegas. En contratos sin plazo determinado, el aviso de terminación se da de manera fehaciente con treinta días hábiles si el predio es urbano, y con un año si es rústico, de comercio o de industria. Una bodega capitalina sin plazo no se recupera con los quince días que muchos formatos copian del texto federal. El artículo 2479 obliga además al arrendatario avisado a mostrar el interior a los interesados. Conviene fijar horario y acompañamiento para esas visitas.

Estado de México. El artículo 7.672 del Código Civil del Estado de México fija plazos máximos por destino. Permite veinte años para industria, centros comerciales y bodegas de venta, pero solo cinco para locales comerciales o de servicios y para inmuebles rústicos agrícolas o ganaderos. Si el contrato omite el plazo, el artículo 7.673 suple dos años para locales, cinco para bodegas de venta y uno para finca rústica. Una bodega de puro almacenaje, sin venta, queda en zona gris. Describirla como apoyo de una actividad industrial defiende mejor un plazo largo.

Nuevo León. El artículo 2292 del Código Civil para el Estado de Nuevo León amplía los techos federales: diez años para habitación, cuarenta para comercio y cincuenta para industria. Esa holgura explica los arrendamientos industriales largos de Apodaca o Escobedo. El artículo 14 del mismo código somete a sus reglas los inmuebles ubicados en el estado aunque sus dueños sean extranjeros. Un contrato de treinta años sobre una nave en Monterrey es válido, pero trasladado a otra entidad puede rebasar el máximo legal. Un plazo así obliga, además, a inscribirlo.

Jalisco. El artículo 2035 del Código Civil del Estado de Jalisco distingue el aviso según quién lo da. En predio urbano son tres meses si viene del arrendador y uno si viene del arrendatario. En predios rústicos o agropecuarios, el aviso es de nueve meses para ambas partes. La norma es irrenunciable, así que una cláusula que acorte esos plazos carece de efecto. La regla pesa en las regiones donde la tierra se renta por ciclos.

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Cómo se llena este contrato de arrendamiento de terreno o bodega

Empiezas por indicar la entidad federativa y el tipo de inmueble (terreno urbano, predio rústico o bodega), porque esa elección ajusta el plazo máximo, el aviso de terminación y las citas legales. Después capturas los datos de las partes con RFC y régimen fiscal. Si alguna es persona moral, ten a la mano el acta constitutiva y el poder del representante; los formatos de actas de asamblea y contratos mercantiles para sociedades mexicanas cubren ese soporte cuando falta. Luego describes ubicación, superficie, cuenta predial, folio real y destino. En la parte económica defines renta, periodicidad, actualización conforme al Índice Nacional de Precios al Consumidor y tratamiento del IVA. Siguen las decisiones de fondo: construcciones permitidas y su destino final, garantía y seguros. Descargas el contrato en Word y PDF, anexas croquis e inventario fotográfico, y las partes firman al calce y al margen ante dos testigos. Si el plazo supera seis años, ratifica las firmas ante notario para inscribirlo.

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Errores comunes que debes evitar

El error más caro lo comete el arrendatario que construye con una autorización verbal. Cuando el dueño niega haberla dado, la presunción del artículo 896 juega en su contra, y la discusión pasa de cuánto le pagan por la nave a si puede conservarla o debe demolerla. El segundo es del propietario: firmar la fórmula "las mejoras quedan a beneficio del inmueble" creyendo que cubre todo, cuando el artículo 2424 obliga a pagar las mejoras útiles si el contrato se rescinde por culpa del arrendador. El tercero es rentar sin revisar el uso de suelo municipal. Ninguna cláusula legaliza una bodega en zona habitacional.

Los otros dos son de calendario. Dejar vencer el plazo con el arrendatario adentro activa la tácita reconducción del artículo 2487: el contrato sigue por tiempo indeterminado y el fiador queda liberado justo cuando más se le necesita. En tierra de cultivo, muchos propietarios olvidan que el artículo 2458 permite al arrendatario saliente usar el terreno el tiempo indispensable para levantar los frutos pendientes. Para cerrar la relación sin pleito o reclamar rentas vencidas, la sección de modelos de arrendamiento, compraventa y avisos inmobiliarios en México reúne los formatos que suelen seguir a este contrato.

Puntos clave a recordar

MARCO LOCAL

El código local manda

Aunque el modelo parte del artículo 2398 del Código Civil Federal, el arrendamiento de inmuebles se rige por la ley del lugar donde está el predio, conforme al artículo 13, fracción III. Además, el artículo 2406 exige contrato escrito. Si el plazo pasa de seis años o hay anticipos por más de tres, debe inscribirse en el Registro Público.

OBRAS

La autorización decide quién se queda

En terrenos y bodegas, las adaptaciones suelen detonar el conflicto. El artículo 2441 prohíbe al arrendatario modificar la forma del inmueble sin consentimiento expreso, y el artículo 2489, fracción V, permite rescindir por esa falta. Por accesión, lo construido en terreno ajeno pertenece al dueño del suelo; si hubo mala fe, puede perderse sin indemnización.

RIESGO

Incendio y seguro no son detalles

A diferencia de un depósito en almacén general, en el arrendamiento la custodia y el riesgo quedan del lado del arrendatario. El artículo 2435 lo hace responsable del incendio, salvo caso fortuito, fuerza mayor o vicio de construcción. Si instala una industria peligrosa, el artículo 2440 le impone asegurar la finca; conviene dejar esa obligación clara desde la firma.

Preguntas frecuentes

Sí. El artículo 2406 del Código Civil Federal exige la forma escrita, no la escritura pública. Un contrato privado firmado en todas sus hojas ante dos testigos es exigible ante el juez civil. El notario o corredor público solo se vuelve necesario para inscribirlo, cuando el plazo supera seis años o hay anticipos de renta por más de tres, porque el Registro Público exige constancia de la autenticidad de las firmas.

En Word y en PDF. El Word te permite ajustar cláusulas negociadas, integrar el croquis o el reglamento del parque industrial y preparar convenios modificatorios; el PDF sirve para circular y firmar la versión final. Conserva el editable durante toda la vigencia, porque las prórrogas se redactan sobre esa base. Para otras necesidades, revisa el catálogo completo de documentos legales para México.

Depende del código aplicable y del tipo de predio. Conforme al artículo 2478 del Código Civil Federal, el aviso escrito es de quince días para predio urbano y de un año para predio rústico. La Ciudad de México exige treinta días hábiles para urbano y un año para inmuebles rústicos, de comercio o de industria, lo que alcanza a la mayoría de las bodegas. Jalisco pide tres meses al arrendador, uno al arrendatario y nueve en tierra agropecuaria. Envía el aviso de forma fehaciente, ante notario o con acuse firmado.

A falta de pacto, el dueño del suelo, por la regla de accesión del artículo 895. Si la obra se hizo de buena fe, el artículo 900 permite al propietario hacerla suya pagando la indemnización correspondiente u obligar al constructor a pagarle el precio del terreno. Si se hizo de mala fe, el constructor la pierde sin compensación. Por eso el modelo lo resuelve desde la firma, antes de levantar la primera columna.

En la mayoría de los casos, sí. La exención del artículo 20 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado cubre casa habitación y fincas dedicadas solo a fines agrícolas o ganaderos, así que una bodega o un patio de maniobras causan el impuesto, mientras que un terreno de cultivo puede quedar exento. Si el arrendador es persona física y el arrendatario persona moral, esta retiene el 10 por ciento de ISR conforme al artículo 116 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, además de dos terceras partes del IVA trasladado.

Si sigue en el inmueble sin oposición del arrendador, el artículo 2487 prorroga el contrato por tiempo indeterminado y extingue las garantías de terceros, salvo pacto en contrario. Para evitarlo, manifiesta tu oposición por escrito antes del vencimiento. La renta sigue causándose hasta la devolución efectiva y la pena por retraso corre desde el primer día. Si aun así no entrega, procede la acción de terminación y desocupación ante el juez del lugar donde está el inmueble.

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Actualizado el 10 de septiembre de 2026

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