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Términos y condiciones web | Art. 76 bis LFPC | México

Términos y condiciones redactados conforme al artículo 76 bis de la LFPC, incluidas las fracciones VIII y IX sobre cobros recurrentes. Editable en Word y PDF.
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Los términos y condiciones de un sitio web son el contrato de adhesión que rige la relación entre quien opera la plataforma y quien navega, se registra o compra en ella. En México ese documento no es un formalismo de cortesía. El artículo 76 bis de la Ley Federal de Protección al Consumidor impone deberes concretos de información, confidencialidad y transparencia a todo proveedor que venda por medios electrónicos, y su incumplimiento se sanciona por vía administrativa. Este modelo está redactado para tiendas en línea, plataformas de suscripción, aplicaciones y sitios de servicios sujetos a legislación mexicana, con el clausulado de perfeccionamiento del pedido, precios, devoluciones, limitación de responsabilidad y jurisdicción que exige la práctica. Se descarga en Word y PDF, listo para publicar y ajustar a tu operación.

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Términos y condiciones web | Art. 76 bis LFPC | México

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Qué son los términos y condiciones de un sitio web

Los términos y condiciones de un sitio web son un contrato de adhesión en el sentido del artículo 85 de la LFPC: un texto elaborado unilateralmente por el proveedor, en formato uniforme, que fija las reglas de acceso, uso y compra sin que el usuario negocie una sola cláusula. Ese mismo artículo exige que esté escrito en idioma español, con caracteres legibles a simple vista, y prohíbe imponer prestaciones desproporcionadas. La consecuencia práctica es doble. Un clausulado que solo existe en la versión en inglés del sitio no protege a la empresa frente a un usuario mexicano, y una cláusula escondida tras tres capas de enlaces difícilmente se tendrá por aceptada en una conciliación ante la PROFECO.

Tres documentos se confunden con frecuencia. Los términos y condiciones regulan la relación contractual: cómo se forma el pedido, qué precio aplica, cuándo procede una devolución y quién responde por qué. El aviso de privacidad cubre el tratamiento de datos personales y responde a una ley distinta. La política de cookies documenta las tecnologías de rastreo. Publicarlos por separado es lo habitual en los despachos que atienden comercio electrónico, porque mezclarlos produce un texto imposible de actualizar. Dentro del documento conviene además distinguir las condiciones de uso, aplicables a cualquier visitante, de las condiciones generales de venta, que solo obligan a quien concreta una compra.

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Cuándo necesitas este documento

La situación más común es el lanzamiento de una tienda en línea que cobra con pasarela de pago. Desde el primer pedido nace una relación de consumo y el clausulado debe exhibirse antes de la confirmación, no después. El segundo caso son las plataformas de suscripción y el software como servicio, donde las nuevas fracciones obligan a rediseñar el texto y el flujo de cancelación. Los marketplaces forman un tercer grupo, con la dificultad de deslindar la responsabilidad del intermediario frente a la del vendedor final, deslinde que la Procuraduría revisa con lupa cuando recibe reclamaciones en cadena.

También lo necesitan los sitios que no venden de forma directa. Un blog con área de miembros o una aplicación gratuita financiada con publicidad fijan reglas de uso aceptable, propiedad intelectual y suspensión de cuentas que solo son oponibles si están publicadas. Lo mismo aplica al profesional independiente que capta clientes por internet y formaliza después con un contrato de prestación de servicios profesionales.

Dos supuestos límite merecen atención. Cuando la plataforma opera solo entre empresas, la LFPC no resulta aplicable porque no hay consumidor final, y el contrato se rige por el Código de Comercio con un margen de negociación mucho mayor. Y cuando una sociedad extranjera dirige publicidad y envíos al público mexicano, el vínculo cae bajo la ley nacional aun sin establecimiento en el país.

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Cláusulas clave incluidas en nuestro modelo

  • La identificación del proveedor abre el documento con denominación social, Registro Federal de Contribuyentes, domicilio físico y canales de atención. Es el cumplimiento literal de la fracción III del artículo 76 bis y la primera omisión que se detecta en una verificación.
  • El perfeccionamiento del pedido define el momento exacto en que nace el contrato, que suele ser la confirmación electrónica del proveedor y no el clic del usuario. Esa distinción decide quién soporta un error de precio publicado.
  • La cláusula de precios, impuestos y cargos adicionales obliga a expresar el precio en moneda nacional, con el impuesto al valor agregado desglosado y los gastos de envío visibles antes del pago. Un cargo que aparece al final del proceso es una práctica engañosa sancionable.
  • Las devoluciones y garantías articulan el plazo de revocación del artículo 56 con la garantía del artículo 92 de la LFPC, que permite al consumidor elegir entre reposición, bonificación o devolución del precio cuando el bien no corresponde a lo ofrecido.
  • El régimen de cobros recurrentes incorpora el aviso previo de renovación y el mecanismo de cancelación inmediata que exige la reforma de diciembre de 2025, con la evidencia de consentimiento que el proveedor deberá acreditar.
  • La propiedad intelectual reserva los derechos sobre marcas, código, textos e imágenes conforme a la Ley Federal del Derecho de Autor, y licencia de forma acotada el contenido que suben los usuarios. Cuando la empresa recibe materiales de terceros conviene reforzarla con un convenio de confidencialidad adaptado a información técnica y comercial.
  • La limitación de responsabilidad se redacta dentro de los límites del artículo 90, excluyendo el daño indirecto y las interrupciones no imputables al proveedor, sin pretender una exoneración total que la ley tendría por no puesta.
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Consideraciones por sector y por jurisdicción local

Comercio electrónico de bienes físicos. El punto sensible es el plazo de entrega. Cuando el sitio anuncia una fecha y no la cumple, el consumidor puede exigir la bonificación prevista en el artículo 92 ter de la LFPC además de la devolución del precio. El clausulado debe distinguir entre plazo estimado y plazo comprometido, y explicar el tratamiento de los envíos parciales.

Plataformas de suscripción y SaaS. Aquí se concentra el riesgo regulatorio actual. Un flujo de cancelación que obliga a llamar por teléfono cuando el alta se hizo con dos clics contraviene la fracción IX del artículo 76 bis. El texto debe describir el mecanismo de baja, el efecto de la cancelación sobre el periodo ya pagado y la conservación de los datos tras la terminación.

Marketplaces e intermediarios. La cláusula de deslinde no basta por sí sola. Conviene documentar el papel del operador en el cobro, la facturación y la logística, porque la responsabilidad frente al consumidor tiende a seguir a quien controla el dinero.

Contenidos digitales y descargas. El artículo 56 no opera igual cuando el servicio se presta de inmediato. El documento debe informar que la ejecución instantánea limita la revocación, y prever la cesión de derechos cuando el usuario aporta obra propia, tema que se resuelve con un contrato de cesión de derechos entre particulares.

Jurisdicción local. La competencia territorial se pacta por costumbre en el domicilio del proveedor, pero frente a consumidores esa sumisión cede: el artículo 90, fracción VI, invalida cualquier renuncia a la protección de la ley y la sumisión a tribunales extranjeros. En la práctica las controversias llegan primero a la conciliación de la Procuraduría y, si no prosperan, a los juzgados civiles del domicilio del consumidor, sea la Ciudad de México, Jalisco, Nuevo León o el Estado de México.

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Cómo llenar tus términos y condiciones

El formulario empieza por el tipo de plataforma, porque las obligaciones cambian según vendas bienes, servicios, suscripciones o accesos gratuitos. Con esa respuesta el documento activa o desactiva bloques completos, como el de cobros recurrentes o el de envíos. Después capturas los datos de la sociedad, el domicilio fiscal, el correo de atención y el teléfono, que se insertan en la cláusula de identificación exigida por la fracción III.

El siguiente tramo cubre la operación comercial: medios de pago, moneda, momento de facturación, plazos de entrega, política de devoluciones y garantías. Si marcas la casilla de suscripción, el modelo incorpora el aviso previo de renovación y la cancelación inmediata. Al final defines la ley aplicable, la vía de solución de controversias y el procedimiento de modificación del clausulado, que debe prever notificación previa al usuario.

Descargas el resultado en Word para ajustar la redacción a tu marca y en PDF para archivarlo con fecha cierta. Publícalo en una página accesible desde el pie de todas las secciones y exige aceptación activa mediante casilla no premarcada antes del pago. El catálogo de documentos para empresas mexicanas reúne los contratos que suelen acompañar a un proyecto digital.

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Errores frecuentes que debes evitar

El error más costoso es copiar el clausulado de una plataforma extranjera y traducirlo. Ese texto suele someter las controversias a tribunales de otro país y limitar la responsabilidad de forma absoluta, dos cláusulas que el artículo 90 tiene por no puestas y que revelan negligencia ante la autoridad. El segundo error es publicar el documento sin mecanismo de aceptación: sin casilla activa ni registro del clic, el proveedor no puede acreditar que el usuario conoció las condiciones, y la duda razonable se interpreta en su contra. El tercero consiste en anunciar precios sin impuestos o con cargos que aparecen en el último paso de la compra.

Hay un cuarto descuido que se repite en empresas consolidadas. Los términos y condiciones se redactan una vez y no se vuelven a tocar, aunque cambien el modelo de negocio o la ley. La reforma de diciembre de 2025 dejó obsoleto el clausulado de suscripción de miles de sitios mexicanos. El quinto error es tratar el documento como sustituto del aviso de privacidad; son textos con fundamento legal distinto, y quien los fusiona termina incumpliendo los dos. Descarga aparte tu modelo de aviso de privacidad integral y simplificado.

Puntos clave a recordar

LFPC 76 bis

No es cortesía: es obligación legal

En comercio electrónico, tus términos y condiciones aterrizan deberes del artículo 76 bis de la LFPC: información clara, confidencialidad y transparencia. El incumplimiento se sanciona en vía administrativa, típicamente a través de PROFECO. No basta “tener un texto”; debe reflejar tu operación real (pedido, precios, devoluciones, limitación de responsabilidad y jurisdicción) y cumplir con lo que el consumidor debe conocer antes de confirmar la compra.

Contrato de adhesión

Español, legible y sin abusos

Los términos y condiciones son un contrato de adhesión (artículo 85 de la LFPC): lo redacta el proveedor y el usuario no negocia cláusulas. Por eso deben estar en español, con caracteres legibles, y sin prestaciones desproporcionadas. En la práctica, una versión solo en inglés o cláusulas escondidas tras varios enlaces pierden fuerza en una conciliación ante PROFECO, porque difícilmente se acreditará una aceptación informada.

Suscripciones

Cobros recurrentes: aviso y cancelación inmediata

Si ofreces suscripciones, la reforma publicada en el DOF el 12 de diciembre de 2025 agregó las fracciones VIII y IX al artículo 76 bis de la LFPC. Debes informar de forma clara y destacada el cobro recurrente (periodicidad, monto y fecha de cargo), obtener consentimiento expreso, avisar la renovación automática con al menos cinco días naturales de anticipación y habilitar la cancelación inmediata. Un clausulado anterior queda desactualizado.

Preguntas frecuentes

Ninguna disposición ordena publicar un documento con ese título, pero el artículo 76 bis de la LFPC exige entregar al consumidor, antes de la transacción, información sobre seguridad, domicilio del proveedor, costos y formas de pago. Los términos y condiciones son el vehículo natural de esa información, y sin ellos el proveedor queda expuesto a las multas del artículo 128.

Sí. El clausulado sigue la LFPC, el Código de Comercio y el Código Civil Federal, y no requiere fedatario público ni registro para producir efectos entre las partes. Su validez depende de dos cosas: que refleje tu operación real y que el usuario lo acepte de forma demostrable antes de contratar. Un contrato de adhesión que describe un proceso distinto del que ejecuta el sitio se vuelve prueba en tu contra. Conviene revisarlo con abogado si manejas servicios financieros.

Solo si una Norma Oficial Mexicana o una ley específica sujeta tu giro a registro obligatorio en el Registro Público de Contratos de Adhesión. El comercio electrónico general no está en ese supuesto. Existe además un registro voluntario, útil cuando el modelo implica pagos anticipados. Si tu contrato sí requiere registro, cualquier diferencia entre el texto inscrito y el publicado se tendrá por no puesta.

En Word y en PDF. El archivo de Word permite editar la denominación social, los plazos y la política de devoluciones; el PDF sirve para publicarlo y conservar una versión estable con fecha. Conviene archivar cada versión publicada, porque el artículo 76 bis y la NOM-151-SCFI-2016 hacen relevante demostrar qué texto estaba vigente cuando un usuario concreto aceptó las condiciones.

En las ventas a distancia el artículo 56 de la LFPC concede cinco días hábiles contados desde la entrega del bien o la firma del contrato, lo que ocurra al último, para revocar el consentimiento sin responsabilidad. El proveedor reintegra el precio pagado y los costos de flete corren a cargo del consumidor. Tratándose de servicios el plazo no aplica si la prestación está programada dentro de los diez días hábiles siguientes a la orden.

Dentro de ciertos límites. Puedes excluir el daño indirecto, el lucro cesante y las interrupciones atribuibles a terceros, y fijar un tope de indemnización razonable. Lo que no puedes hacer es liberarte por completo de responsabilidad civil frente a un consumidor: el artículo 90, fracción II, tiene esa cláusula por no puesta, salvo que el incumplimiento provenga del propio usuario. Una fórmula genérica que abarque todo suele caer entera cuando se impugna.

Frente a consumidores mexicanos, no. La fracción VI del artículo 90 invalida la renuncia a la protección de la ley y la sumisión a tribunales extranjeros, y esa nulidad opera aunque el usuario haya aceptado el clausulado. El arbitraje es posible cuando ambas partes lo acuerdan surgida la controversia, y la propia Procuraduría lo ofrece en amigable composición. Entre empresas la sumisión expresa del artículo 1093 del Código de Comercio funciona con normalidad. Encuentra otros modelos en la biblioteca de documentos jurídicos para México.

Con evidencia electrónica conservada según la NOM-151-SCFI-2016. La práctica recomendable combina una casilla no premarcada, el registro de la marca de tiempo, la dirección IP y la versión exacta del documento aceptado. Los artículos 89 a 93 del Código de Comercio reconocen fuerza probatoria a los mensajes de datos cuando puede atribuirse su origen y garantizarse su integridad. Un enlace en el pie de página sin acto de aceptación deja al proveedor sin prueba.

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Actualizado el 8 de septiembre de 2026

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