Bienes raíces

Contrato de administración de inmueble | Art. 2546 CCF

Modelo conforme a los arts. 2546 a 2604 del Código Civil Federal: facultades, cobro de rentas, rendición de cuentas (art. 2569) y honorarios. Word y PDF.
4.7/518 opiniones50 000+ descargasDescarga inmediata
Compartir

El contrato de administración de inmueble es el acuerdo por el que un propietario encarga a una persona física o a una empresa la gestión cotidiana de su casa, departamento, local u oficina: buscar arrendatarios, firmar y renovar arrendamientos, cobrar rentas, pagar predial y mantenimiento, y rendir cuentas con periodicidad. Lo usan propietarios que viven en otra ciudad o en el extranjero, herederos con un inmueble en copropiedad e inversionistas que delegan la administración de propiedades en renta. Nuestro modelo parte del artículo 2546 del Código Civil Federal y fija las facultades del administrador, la base de sus honorarios y su responsabilidad frente al dueño.

Conforme

Legislación 2026

50,000+ clientes

confían en nosotros

Económico

Desde $107.90 MXN / doc

Pago seguro

Descarga inmediata

Contrato de administración de inmueble | Art. 2546 CCF

Pago seguro

Rellenar el modelo

¿Qué es un contrato de administración de inmueble?

Ningún código civil mexicano regula el contrato de administración de inmueble con ese nombre. Es un contrato atípico construido sobre dos figuras reguladas: el mandato, por el que el administrador ejecuta actos jurídicos por cuenta del propietario (firmar un arrendamiento, recibir un pago), y la prestación de servicios profesionales, que cubre visitas y atención de reportes. El artículo 1858 del Código Civil Federal aplica a los contratos no regulados las reglas del contrato más análogo, que aquí es el mandato. Como el artículo 2549 presume oneroso todo mandato que no se pacte gratuito, el administrador tiene derecho a cobrar aunque el documento calle. Lo que debe quedar escrito es cuánto cobra y sobre qué base.

Conviene distinguir el contrato de administración de inmueble del poder notarial, que acredita la representación frente a terceros; el contrato, en cambio, regula honorarios, informes y límites de gasto. Lo que el administrador cobra, lo cobra para el propietario, y el artículo 2570 lo obliga a entregarle todo lo recibido en virtud del encargo.

2

¿Cuándo necesitas este contrato?

El caso más frecuente es el del propietario que vive lejos: el ingeniero de Monterrey con un departamento en la Narvarte, la familia radicada en Houston que conserva la casa de Querétaro. Sin alguien facultado para firmar, cobrar y atender reportes, el inmueble se desocupa o se deteriora. Le sigue el inversionista con varias unidades, que necesita un solo responsable de la cobranza. Si administra comercios, el administrador firmará en su nombre cada contrato de arrendamiento de local comercial y vigilará su renovación.

La copropiedad entre herederos es otro detonante. El artículo 2403 impide a un copropietario arrendar la cosa indivisa sin consentimiento de los demás, así que los hermanos que heredan un edificio firman juntos un contrato de administración de inmueble con un solo administrador. También se usa para delegar rentas vacacionales con rotación constante de huéspedes.

Un caso límite merece atención: el familiar que cobra las rentas sin un contrato de administración de inmueble firmado. La aceptación tácita basta para perfeccionar el mandato (artículo 2547), así que existe la obligación de rendir cuentas, pero nadie sabe cuánto cobra, qué puede gastar ni cuándo termina. Es la receta clásica de los pleitos entre hermanos.

3

Cláusulas clave incluidas en nuestro modelo

  • La cláusula de facultades del administrador enumera lo que puede hacer y, sobre todo, lo que no. Selecciona arrendatarios, firma contratos dentro de la renta y el plazo aprobados, recibe depósitos y contrata reparaciones menores; todo acto de dominio queda fuera.
  • El cobro de rentas se canaliza a una cuenta del propietario o a una cuenta de administración identificada, nunca a la cuenta personal del administrador. El modelo fija la fecha de entrega mensual de saldos y una cobranza escalonada que empieza con una carta de requerimiento de pago de rentas vencidas.
  • La rendición de cuentas se pacta mensual, con estado de ingresos y egresos, CFDI y conciliación bancaria. Así el contrato de administración de inmueble cumple el artículo 2569 con un calendario verificable.
  • Los honorarios por porcentaje se calculan sobre la renta efectivamente cobrada, no sobre la pactada, lo que alinea el interés del administrador con la cobranza real.
  • El límite de gasto sin autorización fija un tope por reparación y un fondo de reserva para gastos recurrentes. Las emergencias quedan a salvo porque el artículo 2563 permite al administrador obrar con prudencia cuando la consulta no es posible.
  • La cláusula de responsabilidad y terminación regula la indemnización por exceso de facultades (artículo 2565), el preaviso para revocar o renunciar y la entrega de llaves, expedientes y saldos.
4

Consideraciones por entidad federativa

La materia civil es local: el contrato de administración de inmueble se rige por el código civil de la entidad donde está el bien.

Ciudad de México. El Código Civil para el Distrito Federal conserva la numeración federal del mandato. La diferencia práctica está en el condominio: la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal exige que el administrador profesional del condominio esté certificado por la Procuraduría Social, requisito que no alcanza a quien administra tu unidad privativa. Aun así, el contrato debe aclarar que tu administrador no sustituye al del condominio y que te representará en asambleas solo en los términos del reglamento interno.

Estado de México. El Código Civil del Estado de México numera por libros, y el mandato empieza en el artículo 7.764. El artículo 7.773 permite otorgarlo en escrito ante dos testigos, sin ratificación, cuando el negocio no excede de quinientas veces el valor diario de la UMA. En una administración pactada por varios años ese umbral se rebasa pronto, así que lo prudente es formalizar el poder ante notario. Pasa mucho en Naucalpan o Huixquilucan, donde el dueño vive en la capital pero rige el código mexiquense.

Jalisco. El Código Civil del Estado de Jalisco regula los poderes generales en su artículo 2207, correlativo del 2554 federal. Para rentas por noche en Guadalajara o Puerto Vallarta, la Ley de Hacienda del Estado de Jalisco grava como hospedaje el albergue ofrecido mediante plataformas digitales, cualquiera que sea su temporalidad. El contrato debe decir quién declara y entera ese impuesto.

Quintana Roo. En Cancún, Playa del Carmen y Tulum administrar rentas vacacionales es casi una industria. La Ley del Impuesto al Hospedaje del Estado de Quintana Roo considera anfitrión a quien presta hospedaje por plataforma digital en inmuebles de su propiedad, posesión o administración, y le exige inscribirse en el Registro de Anfitriones en Línea por cada establecimiento. El administrador puede quedar obligado directamente, de modo que el contrato debe asignar la inscripción y el entero del impuesto.

5

Cómo llenar este contrato de administración de inmueble

Empiezas eligiendo la entidad federativa donde está el inmueble; con ese dato el formulario ajusta las citas del código civil local y las advertencias de forma. Después capturas los datos del propietario y del administrador, con RFC y domicilio, y el poder del representante si el administrador es una empresa. La descripción del inmueble pide ubicación, cuenta predial, uso habitacional o comercial y, cuando aplica, el régimen de condominio. En facultades marcas lo permitido y fijas límites: renta mínima aceptable, plazo máximo de arrendamiento y tope de gasto sin autorización. Luego defines el porcentaje de honorarios, su base de cálculo y la periodicidad de la rendición de cuentas. Al terminar descargas el contrato de administración de inmueble, lo revisas y lo firmas ante dos testigos; si el administrador actuará frente a terceros, llevas la minuta de facultades al notario. Recibos y convenios complementarios están en nuestros documentos para rentar y administrar inmuebles en México.

6

Errores comunes que debes evitar

El error que más dinero cuesta es firmar un contrato de administración de inmueble en privado y creer que con él el administrador puede demandar al arrendatario moroso. El juez pedirá un poder que cumpla el artículo 2555, y mientras se tramita la deuda sigue creciendo. Le sigue de cerca pactar el porcentaje sobre la renta pactada en lugar de la cobrada: el administrador gana aunque el arrendatario no pague y pierde el incentivo para la cobranza. Omitir el tope de gasto convierte cada reparación en una discusión.

Al cambiar de administrador, muchos propietarios revocan por mensaje de texto y olvidan avisar a los arrendatarios; el artículo 2597 los deja obligados por lo que el administrador revocado haga después con un arrendatario de buena fe, incluido recibir su pago. Notifica por escrito la revocación a cada arrendatario el mismo día en que la decides. Por último, cuando la administradora aporta personal propio en el inmueble (vigilancia, limpieza, mantenimiento), la relación puede encuadrar en servicios especializados y conviene documentarla con un contrato de servicios especializados con registro REPSE, conforme al artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo.

Puntos clave a recordar

MARCO LEGAL

No todo poder permite vender

Este contrato se apoya en el mandato del artículo 2546 del Código Civil Federal, aunque la administración de inmueble no tenga nombre propio en la ley. Las facultades deben quedar acotadas: administrar bienes permite rentar, cobrar y gestionar, pero no vender ni hipotecar. Si el encargo requiere poder general o supera el umbral indicado por el artículo 2555, debe formalizarse ante notario.

CUENTAS

El dinero cobrado es del dueño

Las rentas, depósitos y pagos recibidos por el administrador pertenecen al propietario. El artículo 2570 del Código Civil Federal obliga a entregar lo recibido por el encargo, y el 2569 exige cuentas exactas. Por eso el contrato debe fijar periodicidad de reportes, comprobantes y reglas para gastos; si el administrador usa fondos en beneficio propio, puede deber intereses conforme al artículo 2572.

OPERACIÓN

Honorarios y gastos deben quedar claros

El mandato se presume oneroso si no se pacta gratuito, según el artículo 2549 del Código Civil Federal. Para evitar pleitos, el documento debe decir cuánto cobra el administrador, sobre qué base y qué gastos puede pagar, como predial o mantenimiento. En renta, el ingreso sigue siendo del propietario y el CFDI debe incluir la cuenta predial conforme al artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación.

Preguntas frecuentes

Sí, entre las partes. El artículo 2551 del Código Civil Federal admite el mandato en escrito privado, y el contrato obliga al propietario y al administrador desde que ambos firman. Lo que no da es representación suficiente frente a terceros cuando el mandato es general o el negocio rebasa el umbral del artículo 2555: bancos, juzgados y el Registro Público de la Propiedad pedirán escritura pública. Por eso el modelo separa el contrato de la minuta de facultades para el notario.

Cuando lo pacten. El artículo 2569 remite primero al convenio; a falta de él, rinde cuentas cuando el propietario lo pide y siempre al terminar. Lo habitual es un estado de cuenta mensual entregado en los primeros días hábiles del mes siguiente, con CFDI y comprobantes bancarios. Otro plazo útil: si encargas la administración a quien ofrece ese servicio al público, el artículo 2547 presume aceptado el encargo si no lo rehúsa dentro de los tres días siguientes.

Como un porcentaje de la renta efectivamente cobrada, más comisiones fijas por colocación de arrendatario o renovación. El administrador factura sus honorarios con IVA aunque la renta de casa habitación esté exenta. Para el propietario persona física son deducibles conforme al artículo 115, fracción IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, con el tope del 10% de sus ingresos anuales por arrendamiento que marca el artículo 148, fracción VI, y solo si no eligió la deducción opcional del 35%.

Sí. El artículo 2596 permite al propietario revocar el mandato cuando y como le parezca, salvo que se haya otorgado como condición de un contrato bilateral o como medio para cumplir una obligación. Quien revoca en tiempo inoportuno indemniza daños y perjuicios; por eso el modelo fija un preaviso. El administrador que renuncia sigue a cargo mientras designas a otro si su salida te causaría perjuicio, como ordena el artículo 2603.

Solo con poder para pleitos y cobranzas. El contrato de administración de inmueble le permite requerir el pago y negociar, pero para promover el juicio necesita un poder en escritura pública o en carta poder ratificada, conforme al artículo 2555, y cláusula especial si va a transigir, desistirse o recibir pagos dentro del juicio (artículo 2587). Si el administrador es abogado, aclara si el juicio está incluido en su porcentaje.

Lo descargas en Word y PDF en cuanto terminas el formulario. El archivo Word te permite ajustar cláusulas con tu asesor o con el administrador antes de firmar; el PDF sirve para imprimir los ejemplares que firmarán las partes y los dos testigos. Cada parte conserva un original firmado con copia de las identificaciones oficiales. Si también necesitas poderes, recibos o arrendamientos, los encuentras en el catálogo completo de modelos jurídicos para México.

4.7/5

18 opiniones verificadas · 50 000+ descargas

Contrato de administración de inmueble | Art. 2546 CCF
  • Acceso inmediato al documento
  • Descarga PDF + Word
  • Conforme a la legislación 2026
  • Validado por juristas
Rellenar el modelo
Pago seguro
Actualizado el 10 de septiembre de 2026

También te puede interesar

Contrato de arrendamiento con opción a compra
Carta de entrega-recepción de inmueble
Contrato de administración de inmueble | Word y PDF