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Reclamación bancaria: modelo según la Orden ECO/734/2004

Escrito fundado en el art. 3.1 de la Orden EHA/2899/2011 y en la STS 857/2024. Plantilla lista para el servicio de atención al cliente y el Banco de España.
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La reclamación de gastos y comisiones bancarias es el escrito con el que un cliente exige a su entidad la devolución de importes cargados sin cobertura contractual válida: gastos de formalización de hipoteca repercutidos mediante una cláusula abusiva, comisiones de mantenimiento nunca pactadas, comisiones por descubierto o por reclamación de posiciones deudoras aplicadas de forma automática. El escrito se dirige primero al servicio de atención al cliente (SAC) de la entidad y, agotado ese trámite, al Departamento de Conducta de Entidades del Banco de España. La plantilla está pensada para consumidores, autónomos y pequeñas empresas que necesitan dejar constancia fehaciente de su reclamación bancaria antes de valorar la vía judicial.

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Reclamación bancaria: modelo según la Orden ECO/734/2004

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Qué es una reclamación de gastos y comisiones bancarias

La normativa bancaria distingue dos figuras que los clientes confunden a menudo. La queja se refiere al funcionamiento del servicio: demoras, desatención, trato incorrecto. La reclamación persigue la restitución de un derecho o de un importe concreto y exige cuantificar el perjuicio y fundamentarlo. Un escrito que se limita a expresar malestar por un cargo, sin identificar el concepto, la fecha valor y el motivo de su improcedencia, se tramita como queja y rara vez termina en devolución.

El documento tampoco es una demanda. Es un requerimiento extrajudicial con dos efectos que conviene conocer: acredita el trámite previo obligatorio ante el SAC, sin el cual el Banco de España inadmite cualquier reclamación posterior, e interrumpe la prescripción de la acción de restitución conforme al artículo 1973 del Código Civil si se envía por un medio que deje constancia del contenido y de la recepción. Frente a una empresa no financiera bastaría una carta de reclamación al consumidor por incumplimiento o garantía; frente a un banco, el procedimiento tiene reglas propias, plazos propios y un supervisor específico.

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Cuándo necesitas este documento

El escenario más frecuente sigue siendo la hipoteca antigua. Quien firmó antes de la ley de crédito inmobiliario pagó íntegramente notaría, registro, gestoría y tasación, y solo una reclamación individual recupera esos importes: la nulidad de la cláusula no devuelve nada por sí sola. Si la compraventa se instrumentó junto con el préstamo, revisa toda la documentación de la operación, incluidos los contratos y documentos inmobiliarios firmados en España, porque la factura de gestoría suele aparecer mezclada con la provisión de fondos de la compraventa.

El segundo bloque son las comisiones de cuenta: un cambio unilateral de condiciones sin el preaviso legal, una comisión de mantenimiento cobrada pese a cumplirse los requisitos de bonificación pactados, una comisión por ingreso en efectivo nunca informada. El tercero agrupa las comisiones ligadas al impago, del descubierto tácito a la reclamación de posiciones deudoras, sobre todo cuando se repiten por un mismo recibo o se cargan el mismo día en que este se devuelve.

Dos supuestos menos evidentes legitiman también la reclamación. El heredero reclama los gastos hipotecarios pagados por el causante acreditando la sucesión y su cuota. Y el autónomo o la sociedad, que carecen del control de abusividad reservado a los consumidores, conservan la vía del artículo 3.1 de la Orden EHA/2899/2011: si el banco no acredita un servicio real y efectivamente prestado, la comisión es igualmente indebida.

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Cláusulas clave incluidas en nuestra plantilla

  • La identificación precisa del reclamante y del contrato abre el escrito con el número de cuenta o de préstamo, la fecha de formalización y el notario autorizante si hay hipoteca. Un SAC que no localiza el contrato contesta con una negativa genérica y ese primer mes se pierde.
  • La relación cronológica y cuantificada de los cargos recoge cada apunte con su fecha valor, el concepto exacto tal como figura en el extracto y el importe. Es la parte que decide el resultado: sin cuantificación, el Banco de España no puede pronunciarse sobre una devolución concreta.
  • La fundamentación jurídica invoca las normas aplicables al cargo discutido, con cita del artículo 3.1 de la Orden EHA/2899/2011 y, si el reclamante es consumidor, de los artículos 82 y 85 del texto refundido de la ley de consumidores.
  • El petitum reclama la devolución del principal más los intereses legales devengados desde cada cargo conforme al artículo 1108 del Código Civil, con un plazo de contestación acorde con la condición del reclamante.
  • La reserva expresa de acciones anuncia la elevación al Departamento de Conducta de Entidades y, en su caso, la demanda judicial. Sin ella, la entidad tiende a tratar el escrito como una simple queja.
  • La fórmula de envío y prueba cierra el documento con el medio elegido. El modelo de burofax con acuse de recibo y certificación de contenido es el complemento habitual para blindar la interrupción de la prescripción.
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Consideraciones territoriales y vía judicial

La normativa bancaria es estatal, pero el mapa de instancias cambia según dónde residas. En Cataluña, el Código de consumo de Cataluña, Ley 22/2010, impone obligaciones reforzadas de información precontractual y abre la mediación gratuita ante la Agencia Catalana del Consumo, una segunda presión sobre el banco mientras avanza el expediente del supervisor. En Andalucía, el servicio autonómico de consumo canaliza las hojas de quejas y las traslada a la delegación territorial, aunque el fondo bancario siga correspondiendo al Banco de España. En el resto de comunidades el punto de entrada suele ser la Oficina Municipal de Información al Consumidor.

Conviene templar las expectativas sobre el arbitraje de consumo: la mayoría de las entidades no están adheridas al Sistema Arbitral de Consumo, de modo que la Junta Arbitral autonómica solo tramita el asunto si el banco lo acepta caso por caso. El pronunciamiento del Banco de España tampoco es vinculante, limitación estructural que el proyecto de ley de la Autoridad Administrativa Independiente de Defensa del Cliente Financiero pretende corregir con resoluciones obligatorias por debajo de una cuantía determinada.

Si la reclamación fracasa, la demanda se presenta ante el juzgado de primera instancia del domicilio del consumidor. Desde el acuerdo de especialización del Consejo General del Poder Judicial de 2017, cada provincia concentra los litigios sobre condiciones generales de la contratación en juzgados designados al efecto, lo que ha uniformado los criterios dentro de una misma demarcación. Para autónomos y sociedades el foro es el del domicilio pactado o el del cumplimiento de la obligación, y el escrito conviene coordinarlo con los documentos de gestión empresarial para autónomos y pymes.

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Cómo rellenar tu reclamación de gastos y comisiones bancarias

El formulario empieza por lo esencial: quién reclama y a qué entidad. Indicas si actúas como consumidor, como autónomo o en nombre de una sociedad, porque de esa elección dependen el plazo de respuesta exigible y los argumentos que el escrito incorpora. Después eliges el tipo de cargo, gastos de constitución de hipoteca, comisión de mantenimiento, descubierto o posiciones deudoras, y el texto ajusta las referencias normativas y la jurisprudencia citada.

A continuación introduces los datos del contrato y el detalle de los importes, cada uno con su fecha valor y concepto, y el documento genera la relación ordenada que el SAC necesita. La última pantalla permite fijar el plazo de contestación, activar la reserva de acciones ante el Banco de España y enumerar los anexos: escritura, facturas de notaría y gestoría, extractos. Descargas el resultado en Word para retocarlo o en PDF para firmar y enviar. Guarda siempre una copia del escrito junto con el justificante de envío, porque es la pieza que acredita el trámite previo.

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Errores frecuentes que debes evitar

Entregar la reclamación en la oficina y quedarse ahí es el fallo más caro. El empleado de sucursal no forma parte del servicio de atención al cliente, su respuesta verbal no computa a efectos de plazo y el supervisor inadmitirá el expediente por falta de trámite previo. El segundo error es no cuantificar: una frase como "me han cobrado comisiones indebidas durante años" no permite resolver nada y la entidad contesta remitiéndose al contrato. El tercero es reclamar por correo electrónico ordinario, que no acredita el contenido si el banco niega haber recibido el escrito.

Hay un plazo que muchos pasan por alto. Presentada la reclamación ante el SAC, el consumidor dispone de un año para elevarla al Banco de España; agotado ese periodo el expediente se inadmite conforme al artículo 18.1.e) de la Ley 7/2017. Conviene además leer con lupa cualquier propuesta transaccional, porque es habitual que la entidad ofrezca una devolución parcial a cambio de una renuncia expresa a ejercitar acciones futuras sobre la misma cláusula. Y no mezcles conceptos: acumular gastos hipotecarios, comisiones de cuenta y un seguro vinculado ralentiza la tramitación y facilita respuestas evasivas.

Puntos clave a recordar

Finalidad

Reclama devoluciones, no solo quejas

Esta plantilla sirve para pedir la devolución de gastos y comisiones cobrados sin cobertura válida (por ejemplo, comisiones de mantenimiento no pactadas o cargos automáticos por descubierto). No basta con mostrar malestar: hay que identificar el concepto, la fecha valor, el importe y por qué es improcedente. Si el escrito queda genérico, se tramita como queja y rara vez termina en reembolso.

Procedimiento

Primero SAC, después Banco de España

La reclamación se dirige primero al servicio de atención al cliente (SAC) del banco y solo tras agotar ese trámite puede elevarse al Departamento de Conducta de Entidades del Banco de España. Sin ese paso previo, el supervisor inadmite la reclamación. Además, los plazos de respuesta cambian según el reclamante: un mes para consumidores, dos meses para no consumidores, o quince días hábiles si deriva de un servicio de pago.

Prescripción

El requerimiento frena el reloj

El escrito funciona como requerimiento extrajudicial: si lo envías por un medio que deje constancia del contenido y la recepción, interrumpe la prescripción conforme al artículo 1973 del Código Civil. La acción de restitución prescribe a los cinco años (artículo 1964), y el Tribunal Supremo sitúa el inicio del cómputo en la firmeza de la sentencia que declare nula la cláusula (STS 857/2024).

Preguntas frecuentes

Sí. La normativa no impone un modelo oficial ni exige abogado ni procurador en la fase extrajudicial. La Orden ECO/734/2004 pide que el escrito identifique al reclamante, la entidad, los hechos, el motivo concreto y la petición, y que se declare no tener el mismo asunto sometido a procedimiento judicial o arbitral. La plantilla incorpora esos elementos con la fundamentación jurídica ya redactada, de modo que el SAC no pueda archivarla por defectos de forma. El resultado depende luego del fondo del asunto y de la prueba documental que aportes.

En Word y en PDF. El formato Word permite ajustar la redacción, añadir cargos o adaptar el escrito si la entidad responde parcialmente y necesitas insistir. El PDF está pensado para firmar y remitir sin retoques, por burofax, por el formulario electrónico del SAC o presencialmente con sello de registro. Ambos quedan disponibles en tu cuenta, útil cuando el expediente se prolonga. El resto de modelos figura en el catálogo completo de documentos jurídicos para España.

Depende de tu condición y del tipo de operación. Si eres consumidor, el servicio de atención al cliente debe resolver en un mes desde la recepción, según la Ley 7/2017. Si no lo eres, el plazo general de la Orden ECO/734/2004 es de dos meses. Cuando la reclamación afecta a un servicio de pago, transferencias, adeudos domiciliados o tarjetas, se reduce a quince días hábiles. Agotado el plazo sin respuesta, o si la contestación resulta insatisfactoria, ya puedes acudir al Departamento de Conducta de Entidades del Banco de España.

En la mayoría de los casos, sí. La nulidad de la cláusula de gastos no prescribe; lo que prescribe es la acción para recuperar el dinero, sujeta al plazo de cinco años del artículo 1964 del Código Civil. El Pleno del Tribunal Supremo fijó el inicio del cómputo en la firmeza de la sentencia que declara nula la cláusula, no en la fecha de pago de las facturas (STS 857/2024, de 14 de junio). La entidad puede intentar acreditar que conociste antes el carácter abusivo, pero esa carga probatoria le corresponde a ella.

Las que no responden a un servicio efectivamente prestado y aceptado. La comisión por reclamación de posiciones deudoras es el caso más claro cuando se cobra de manera automática, se repite por un mismo impago o no va acompañada de gestión alguna. También son discutibles las comisiones de mantenimiento aplicadas tras un cambio unilateral de condiciones sin preaviso o pese a cumplirse las exenciones pactadas. La comisión de apertura resiste mejor: forma parte del precio del préstamo y solo decae si se demuestra falta de transparencia.

Sí, siempre que acredite la representación. Ante el SAC y ante el Banco de España basta un apoderamiento privado firmado por el titular con copia de los documentos de identidad de ambos, sin escritura pública. Un poder notarial simple para trámites bancarios y administrativos cubre esa necesidad. Si el titular ha fallecido, el heredero acredita su legitimación con el certificado de defunción, el de últimas voluntades y el testamento o la declaración de herederos.

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Actualizado el 5 de agosto de 2026

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